Soluteca, expertos en protección y explotación de activos intangibles

picjumbo.com_IMG_5961En las inspecciones llevadas a cabo por el Servicio de Consumo de la provincia de Granada en el ejercicio anterior, según informa Europa Press, las irregularidades más detectadas han sido las siguientes:

  • Cláusulas abusivas comentar que todo sitio Web viene obligado a tener unos condicionados legales que den respuesta a las variadas obligaciones que nos afectan, sobre todo en el comercio electrónico y, que partiendo de la normativa base que representa la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y el Comercio Electrónico (LSSICE), se extiende a la normativa de protección de consumidores y usuarios, ventas a distancia, contratos de adhesión, protección de datos personales, propiedad intelectual, telecomunicaciones y otras que puedan afectarnos en razón de nuestra actividad. Pues bien, esos condicionados legales representan el contrato que firmamos en todas y cada una de las transacciones que realizamos a través de nuestra tienda y estas normas fijan los límites donde nos podemos mover, traspasarlos se puede volver en nuestra contra, ya que, ante cualquier reclamación de un cliente, nos podemos encontrar que aquello con lo que queremos tener una posición de fuerza, se queda en nada al poder ser anulado.
  • Practicas contrarias a los derechos de los consumidores, lo podemos considerar en el mismo sentido que lo anterior señalado, por ejemplo, venimos obligados a ofrecer una garantía y reparación, específicamente estamos condicionados – como norma general – por el derecho de desistimiento y la asunción de los gastos de transporte. Aquí, respecto de una tienda exclusivamente física, tenemos más obligaciones que cumplir, se nos exige más por el hecho de la distancia y comercialización a través de un entorno digital, basado en la representación de unas imágenes y descripción del producto.
  • Totalmente relacionado con el incumplimiento anterior, encontramos los aspectos relativos al incumplimiento obligaciones de información. La norma de consumo, la referida de Internet y, como no, la de protección de datos personales nos imponen una fuerte carga de información a presentar y transmitir a nuestros usuarios y clientes. Así, tendremos que cuidar la presentación de nuestros productos con información gráfica veraz, que se corresponda con loque le va a llegar a nuestro cliente; a señalar los precios claramente, con sus impuestos y el transporte o método de cálculo del mismo; también a informar de las características de lo que vendemos, quienes somos, cómo usamos sus datos…
  • Por último, el derecho de desistimiento, ese aún gran desconocido y fuente de quebraderos de cabeza para nuestra actividad si no lo tenemos en cuenta (estoy pensando en los costesde la logística inversa y la propia gestión de su ejercicio). Tenemos siempre que considerar el plazo de siete días para recibir un posible solicitud de devolución de lo vendido, sin motivo alguno por parte de vuestro cliente. Sabed y considerar en vuestros proyectos que este plazo se ampliará, no dentro de mucho, a catorce días.

 

 

Nota:
Estos artículos no son, ni pretenden ser un asesoramiento jurídico. Cada caso, cada situación tiene su tratamiento, se limitan a unas notas generales del entorno jurídico que afecta a la actividad de comercio electrónico.

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