Hay hitos que marcan un antes y un después. Creo que uno de estos hitos es un antes sin y un después con Google. La irrupción del buscador en nuestra vida digital, tanto en el plano profesional como en el plano de ocio o personal, ha proporcionado una herramienta potentísima como fuente de enlace a casi todo lo que deseemos. Podemos decir que aquello que no encontremos a través de Google no existe. O, si materialmente existe, tiene pocas posibilidades de ser conocido más allá de su ámbito más cercano.
Sin duda, sus creadores han desarrollado un gran motor, el mejor de los motores de búsqueda de archivos a través de la red Internet. ¿Alguien duda dónde acudir para encontrar de información rápida en la era digital?, Google, es la estrella del lugar.
El tremendo éxito del buscador y la vocación innovadora de la empresa (y su carácter eminentemente gratuito) que lo alimenta, ha dado lugar al desarrollo de servicios asociados: correo electrónico, gestión publicitaria, gestión documental, plataforma para Blogs, red social, canal de vídeo, herramientas de productividad …
Lejos de lo que pueda aparentar el título de este post, no pretende hacer un alegato contra la empresa, ni mucho menos. Quiere dar luz a puntos de importante mejora. Si entendemos como fundamental la seguridad y privacidad de nuestros datos, en la nube, hemos de estar atentos a algunos aspectos.
Antes de seguir, repasemos cómo podemos utilizar los servicios de Google: primero creamos una cuenta y para ello, lo más común viene a ser a través de la apertura de una cuenta de correo “gmail”.
Bien, el proceso de alta nos va a exigir que aceptemos las “condiciones de Servicio Google”. Estos textos legales creo que pocas personas lo leen, pero tienen su importancia (y no poca). ¿Qué encontramos relevante al hilo?: primero, en el 5.1, utilización de lo servicios por parte del usuario, ” se le podrá solicitar que facilite información relativa a su persona (datos de identificación o de contacto). Segundo, en 6.1 en cuanto a la seguridad de su cuenta y contraseñas, “usted será el responsable de mantener la confidencialidad de las contraseñas asociadas cualquier cuenta que utilice”
Hasta ahora todo correcto, profundicemos un poco más. Conozcamos lapolítica de privacidad de Google con un poco de detalle.
Para la obtención de una cuenta Google hemos de proporcionar una serie dedatos personales, como son el nombre, la dirección de correo y una contraseña. Es importante también que conozcamos que las Condiciones de Servicio Google señalan en su punto 1.5. , que prevalecen las condiciones adicionales de servicios sobre las universales.
A tener en cuenta:
Google Docs y Gmail: licencia sobre los Contenidos. Al utilizar estos servicios de gestión de documentos y comunicación damos a Google licencia internacional, no exclusiva y exenta de derechos de autor para “reproducir, adaptar, modificar, traducir, publicar, ejecutar publicamente, mostrar públicamente y distribuir todo el contenido que enviemos, compartamos, subamos publiquemos o muestre en el Servicio. Eso si, conservaremos los derechos de autor y siempre de acuerdo con la política de privacidad de Google Docs.
Se nos antoja excesiva la concesión general de esta licencia, a tenor de ella, mañana podemos encontrar en una búsqueda documentación que para nosotros es privada y confidencial. Entiendo que tal otorgamiento de licencia debiera ser de concesión explicita de parte.
Google Analytics: su condicionado de servicios (punto 3.2.) nos impone en buena lógica, que debemos proteger la confidencialidad nuestras contraseñas y nombres de usuario, sin embargo, causa gran perplejidad que a continuación nos indican; ” De vez en cuando, el personal de apoyo de Google … pueden entrar en el Servicio con Su contraseña para mantener o mejorar el Servicio, incluyendo … temas técnicos o de facturación.”
En este extremo, se me hace difícil de enfocar cómo existe tal desequilibrio en las prestaciones de una y otra de las partes. ¿Cómo es posible que Google se arrogue la facultad de usar nuestras propias contraseñas? Además, entre otras, para asuntos de “facturación”. Conculca cualquier buena práctica de seguridad informática y de normativa de protección de datos personales (véase el artículo 93 del RLOPD) .
Espero y deseo que Google actue de forma positiva para corregir estos aspectos, somos muchos los que depositamos nuestra confianza en ellos, estamos en la obligación de demandarselo.